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Paso a paso
Hermanos matriculados en el centro.
Existencia de algún hermano ya matriculado en el centro: 13 puntos
Documentación necesaria: Se acreditará mediante el libro de familia, certificado o sentencia por la que se adjudique la tutela.
Padres o tutores legales que trabajen en el centro.
Padre, madre o tutor que preste sus servicios como trabajador en el centro educativo solicitado: 3 puntos
Documentación necesaria: certificado expedido al efecto por la persona titular del centro.
Proximidad del domicilio laboral o familiar.
a) Domicilio situado en el área de influencia del centro educativo: 10 puntos
b) Domicilio situado en las áreas limítrofes al área de influencia del centro educativo: 6 puntos
Documentación necesaria:
- Consulta de los datos de empadronamiento a través de los Sistemas de Verificación de Datos de Residencia. Si la persona no consiente dicha consulta, deberá aportar certificación expedida por el Ayuntamiento respectivo.
- Los trabajadores por cuenta ajena presentarán un certificado expedido al efecto por el titular de la empresa o por el responsable de personal de la misma.
- Los trabajadores por cuenta propia presentarán una certificación acreditativa del alta en el Impuesto de Actividades Económicas y una declaración responsable del interesado sobre la vigencia de la misma.
Renta anual de la unidad familiar.
a) Rentas per cápita inferiores al resultado de dividir por 4 el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples): 2 puntos
b) Rentas per cápita iguales o superiores al resultado de dividir por 4 el IPREM e inferiores al de dividirlo por 3: 1'5 puntos
c) Rentas per cápita iguales o superiores al resultado de dividir por 3 el IPREM e inferiores al de dividirlo por 2: 1 punto
d) Rentas per cápita iguales o superiores al resultado de dividir por 2 el IPREM e inferiores al de dividirlo por 1'5: 0'5 puntos
Documentación necesaria: La información de carácter tributario que se precise para la acreditación de la renta anual de la unidad familiar será suministrada directamente por la Agencia Estatal de Administración Tributaria a la Consejería de Educación. En el caso de que la Agencia Estatal de Administración Tributaria no disponga de esta información, el solicitante deberá aportar certificación de haberes, declaración jurada o cualquier otro documento de cada uno de los sujetos que integran la unidad familiar, correspondiente al ejercicio fiscal anterior en dos años.
Discapacidad.
a) Discapacidad en el alumno: 2 puntos
b) Discapacidad en el padre o la madre: 1 punto
c) Discapacidad en un hermano: 0'5 puntos
Documentación necesaria: certificación del dictamen emitido por el Órgano competente de la Administración de la Junta de Andalucía o, en sus casos, de otras Administraciones públicas.
Familia numerosa o monoparental.
Por familia numerosa o monoparental: 2 puntos
Documentación necesaria: copia autentificada del título oficial de familia numerosa que deberá estar en vigor. En el caso de familia monoparental, habrá que presentar una copia del libro de familia completo.
Criterios de desempate.
En el caso de empate, se dilucidará mediante la selección de aquellos alumnos que obtengan mayor puntuación en los siguientes criterios y siguiendo este orden:
a) Mayor puntuación obtenida en el apartado correspondiente al desarrollo de la actividad laboral por el padre, la madre o el tutor.
b) Mayor puntuación obtenida en el apartado de hermanos matriculados en el centro docente.
c) Circunstancia de que el padre, madre o tutor trabaje en el centro educativo.
d) Mayor puntuación obtenida en el apartado de proximidad del domicilio o del lugar de trabajo.
e) Existencia de discapacidad en el alumno.
f) Existencia de discapacidad en el padre, madre o tutor.
g) Existencia de discapacidad en algún hermano.
h) Mayor puntuación obtenida en el apartado de renta anual.
i) Pertenencia a familia numerosa, a familia monoparental o a ambas.
Calendario.
- Presentación de la solicitud de admisión para acceder por primera vez a un centro: del 1 al 31 de marzo de 2010.
- Publicación del baremo provisional: 12 de abril de 2010.
- Período de reclamaciones al baremo provisional: del 12 al 22 de abril de 2010.
- Publicación de los listados definitivos de adjudicación: 7 de mayo de 2010.
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